Corte de Apelaciones de Valdivia acogió hoy favorablemente, el recurso de protección presentado el pasado 10 de agosto, por dirigentes mapuche de Río Bueno, para proteger espacio sagrado a orillas del río Pilmaiquen. La acción legal evidenció la vulneración de garantías constitucionales, producto de la tala ilegal de árboles e intervención del espacio sagrado “gnen kintuante”, Entre ellas “La libertad de culto y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”. Ahora Conaf tiene un plazo de seis días para responder a lo resuelto por la Corte Valdiviana.
El recurso de protección presentado establece la vulneración de garantías constitucionales, producto de la tala ilegal de árboles e intervención del espacio sagrado “gnen kintuante”, Entre las garantías vulneradas se cuentan “La libertad de culto y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”.
En cuanto a la libertad de culto, “El Estado con su deber de protección y respeto de las culturas originarias de nuestro país, tiene que promover y resguardar las manifestaciones culturales indígenas como sus manifestaciones religiosas, según lo disponen diversas normas legales y de derechos humanos” (…) “Se puede concluir el acto realizado por el particular dueño del predio –así como la amenaza cierta de que siga realizando este tipo de actos- impide el normal desarrollo de las manifestaciones religiosas y espirituales mapuche. Esto, deviene inexorablemente en una vulneración a la libertad de culto de las comunidades mapuche, expresión religiosa que es parte fundamental de su cultura, y que el Estado tiene el deber de promover, proteger y respetar”, argumenta el recurso de protección presentado.
En lo referido al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. El recurso presentado en la Corte de Apelaciones de Valdivia, sostiene que “es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza” (…) Se contemplan los aspectos socioculturales y la relación de estos elementos con el resto del hábitat, y que la tala ilegal, al venir a imposibilitar el desarrollo normal de las prácticas culturales mapuche, constituye una vulneración al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”.
La Acción legal responde a la preocupación de las comunidades por el atentado constante que el particular, Juan Heriberto Ortiz y la empresa Pilmaiquen SA viene realizando sobre el “gnen kintuante”, intentando destruir la biodiversidad y significación cultural que atribuyen las comunidades a este sitio.
Cabe recordar que el pasado 12 de julio fue descubierta una tala ilegal de bosque nativo en el lugar, hecha por Juan Heriberto Ortiz, dueño del terreno. La Conaf, que constató el hecho, ya cursó una infracción que esta ahora en el Juzgado de Policía Local de Río Bueno. También la Conadi ha intervenido abriendo una carpeta para una petición de restitución de tierras. Pero, para las comunidades eso no asegura que no habrá nuevas intervenciones en el lugar. Dada la ocupación que hicieron las comunidades de este espacio ceremonial, el dueño pidió a la Fiscalía el desalojo y se enviaron fuerzas especiales de Carabineros, que han ingresado al lugar en varias ocasiones.
Finalmente con lo resuelto por la Corte de apelaciones, Conaf tiene un plazo de seis días para responder a la denuncia formulada por las comunidades del Río Pilmaiquen.
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Fuente: Observatorio Ciudadano www.observatorio.cl