Seremi de Salud destaca aprobación de proyecto de etiquetado nutricional

spot_img

Como una buena noticia calificó el seremi de Salud, doctor Richard Ríos la amplia mayoría que obtuvo el veto del Ejecutivo al proyecto sobre Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad, trámite con el cual quedó en condiciones de ser promulgado en el Diario Oficial.

 

Desde Santiago, en donde el Seremi de Salud se encuentra en una Jornada nacional de todos sus pares, la autoridad recordó que este proyecto permitirá establecer normas concretas sobre la producción, distribución, comercialización, publicidad y consumo de alimentos, con el fin de orientar a los consumidores y asegurar procesos que garanticen la inocuidad de los alimentos, es decir que dichos productos no causen daño a las personas que los ingieran.

El seremi Richard Ríos, recordó que los datos de la encuesta de salud, indican que la Región de Los Ríos sigue teniendo uno de los índices más altos en malnutrición por exceso. Según el Departamento de Estadística de Información de Salud (DEIS) año 2011, la prevalencia de obesidad en niños menores de 6 años está en un 9.8% a nivel nacional y un 12.9% a nivel regional, así mismo, el sobrepeso en el mismo grupo etáreo, se encuentra en un 23.1% a nivel nacional y un 26.5% a nivel regional.

Por su parte, la encargada de Promoción de la Seremi de Salud, Denisse Boettcher, destacó que la normativa obligará rotular los alimentos como ‘‘altos’‘ en azúcar, sal y grasas saturadas, para que sean fácilmente reconocibles por los consumidores, especialmente por los niños, al momento de comprarlos.

La iniciativa, además, prohíbe el expendio de los productos que no queden en la categoría de saludables en los quioscos de colegios y establece regulaciones para la publicidad que se haga de estos alimentos.

ANTECEDENTES

Es así como en el artículo 1º se establece que: ‘‘los fabricantes, productores, distribuidores e importadores de alimentos deberán proceder, en lo relativo a la producción, importación, elaboración, envasado, almacenamiento, distribución y venta de tales alimentos destinados al consumo humano, en la forma y condiciones que para cada caso, dependiendo de la naturaleza del producto, exija la autoridad en virtud de los reglamentos vigentes. Será responsabilidad del fabricante, importador o productor que la información disponible en el rótulo de los productos sea íntegra y veraz. Asimismo, deberán asegurarse de que, en el ámbito de la cadena productiva en que ellos intervengan, el proceso de elaboración de los alimentos cumpla con buenas prácticas de manufacturación que garanticen la inocuidad de los alimentos’‘. (fuente www.minsal.cl)

 

 

spot_img

MÁS NOTICIAS

spot_img