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Publicación de carta conforme a ley de Prensa y libertad de expresión

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03 marzo 2020.-  Publicamos la siguiente carta en cumplimiento de la ley de 19.733.

 

Nota de la redacción:

1.- Los diarios electrónicos están sometidos a la misma normativa que los diarios impresos. Por tanto, una vez publicada una información no puede ser eliminada porque el archivo se encuentra en depósito  en el registro de medios de la Biblioteca Nacional. En virtud de ello, la solicitud de eliminar una publicación no se ajusta a derecho.

2.- Todo lo publicado en relación al Colegio de Cultura se hizo en base a entrevistas de alumnos en presencia de sus respectivos apoderados, que para estos efectos son sus representantes legales, para lo cual, se realizaron las grabaciones correspondientes y que la ley nos obliga a guardar por un plazo de 20 días. Asimismo, el petitorio publicado por todos los medios fue elaborado por los estudiantes en toma y era parte de la noticia contingente durante las movilizaciones sociales. La identidad de los alumnos es resguardada  por ser menores de edad, a petición de los apoderados, y es una facultad que nos concede la ley.

3.- Toda persona que emite dichos a un medio de comunicación debe hacerse responsable de ellos, en el caso de la firmante de la carta Magdalena Vera Bravo, envió una solicitud que no tenia carácter de privado sino que pedía eliminar información en términos amenazantes, lo cual no se ajusta a la ley. Lo que procedía era que ella emitiera un comunicado o concediera una entrevista al medio de comunicación para dar a conocer su postura, lo cual se le informó en respuesta a su mensaje, al que ella volvió a responder con amenazas denostando nuestro trabajo.

4.- Por tanto, la solicitud de la reclamante respecto a eliminar información publicada no se ajusta a derecho y solamente, en cumplimiento de la normativa legal vigente, procedemos a hacer pública su carta enviada por el abogado Jorge Pinto Agurto, que entendemos conoce la legislación vigente, especialmente la ley 19.773, la cuál no solo resguarda a periodistas titulados, sino que a toda persona que trabaje en los medios de comunicación en calidad de reportero, camarógrafo, fotógrafo o función afín, de acuerdo a la Convención o Pacto de San José de Costa Rica.

Hardy Cárdenas Quichillao

Director Diario El Ranco

 

 

 

 

 

 

 

 

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