EXTRACTO
Por Decreto MOP. (Exento) Nº400, de 14 de junio de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 2, 3 y 4, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS ( T-551 TRAMO 2), que figura a nombre de LAKEBLUE SPA, SOC INMOBILIARIA SAN ANDRES LTDA, SOC INMOBILIARIA SAN ANDRES LTDA y SOC INMOBILIARIA SAN ANDRES LTDA, roles de avalúo 75 – 325, 75 – 21, 75 – 21 y 75 – 21, Comuna de FUTRONO, REGION DE LOS RÍOS, superficies 86, 15, 201 y 47 m2 respectivamente.
La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 19 de agosto de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.244.800 para el lote N°1, $269.000 para el lote N°2, $3.751.800 para el lote N°3, y $1.162.100 para el lote N°4. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.