E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1041, de 05 de noviembre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N° 206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N° 56, 58 y 59, para la obra: REPOSICION PAV. T-85 S: RIO BUENO-CAYURRUCA, que figura a nombre de CHAVEZ DIAZ SERGIO, rol de avalúo 501-34, Comuna de RIO BUENO, REGION DE LOS RÍOS, superficies 928, 165 y 211 m2. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de fecha 04 de enero de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $21.294.050.- para el lote N°56 y $1.865.400.- para el lote N°58 y $3.671.100.- para el lote N°59.- La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1059, de 08 de noviembre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N° 206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N° 155 y 155-A, para la obra: REPOSICION PAV. T-85 S: RIO BUENO-CAYURRUCA, que figura a nombre de ANTHAUER HAPETTE JAIME ALFREDO, rol de avalúo 502-19, Comuna de RIO BUENO, REGION DE LOS RÍOS, superficies 5.900 y 853 m2. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA y MARIA ISABEL RIOS MARCUELLO, mediante informe de tasación de fecha 09 de febrero de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $22.298.600.- para el lote N°155 y con fecha 22 de septiembre de 2016, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.091.500.- para el lote N°155-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.