Con el fin de verificar la existencia de los hechos señalados en una denuncia ciudadana presentada en esta Corporación en el mes de enero del presente año, profesionales de la sección de Fiscalización de la Oficina Provincial Valdivia acudieron hasta un predio aledaño al estero Rucaquilen, ubicado en la comuna de Paillaco, para constatar una corta de bosque nativo de 5,08 hectáreas e intervención en un curso de agua en el sector.
Durante la instancia, los fiscalizadores concurrieron al lugar en compañía de Carabineros de Chile, donde realizaron un recorrido, verificando la presencia de desechos provenientes de corta y extracción de árboles que forman parte de un bosque, según el artículo 2° de la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, y que además está aledaño a un curso de agua. Respecto a la corta, los fiscalizadores observaron que por medio de maquinaria pesada, específicamente un retroexcavadora, se extrajeron árboles con el fin de eliminar y habilitar un sector para la extracción de agua proveniente del estero.
Arnoldo Shibar Torres, director regional de CONAF Los Ríos señaló al respecto que “En cuanto a las especies asociadas a la corta no autorizada, éstas corresponden principalmente a roble, temo, pitra, luma y arrayan, los cuales presentaban diámetros de entre 10 y 70 cm, y una altura entre 10 a 20 metros. Respecto a los productos obtenidos de esta corta, debido a los diámetros observados en terreno y lo acopiado en el lugar, fue posible determinar que sería para obtener leña. Asimismo, en el área afectada fue posible observar aserrín fresco y follaje verde de las especies cortadas, por lo cual se puede asumir que la corta ha sido reciente”.
La autoridad agregó que “todos estos antecedentes ya fueron presentados ante el Juzgado de Policía Local de Paillaco y junto a ello, le recordamos nuevamente a la ciudadanía que la corta de árboles nativos sin planes de manejo tiene un impacto negativo en la flora y fauna del lugar, afectando además el ecosistema y la biodiversidad, finalmente a que quienes transgreden la normativa forestal vigente se arriesgan a diversas sanciones contempladas en la Ley de Bosque Nativo”.
Cabe destacar que las multas asociadas a la corta no autorizada de bosque nativo se encuentran estipulada en el artículo 51° de la Ley 20.283 de Bosque Nativo, la cual establece que las sanciones para este tipo de caso corresponden a una multa que puede llegar hasta el 200% del doble del valor comercial de los productos cortados o explotados. Por otra parte, el responsable de la corta no autorizada de bosque nativo, deberá presentar un plan de manejo de corrección, en donde se compromete a restaurar con las mismas especies intervenidas o del mismo tipo forestal una superficie igual o superior a la intervenida.