E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº979, de 30 de octubre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 7, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-705), que figura a nombre de ESPINOZA ESCALONA JOAQUIN ESTEBAN Y, rol de avalúo 556-607, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficie 153 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 24 de agosto de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.854.000 para el lote N°7. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº977, de 30 de octubre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 10, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-705), que figura a nombre de CARRASCO CALFUEQUE JUAN, rol de avalúo 556-660, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficie 122 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 24 de agosto de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.432.000 para el lote N°10. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº959, de 30 de octubre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.11, 12, 13, 14 y 15, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-705), que figura a nombre de BARRIENTOS JARA ISIDORA PAZ, RIQUELME RIQUELME JOSE DANIEL, AGRICOLA PUNUMAN LIMITADA, GONZALEZ CARLOS RAUL y ALOSILLA MARTINEZ ROLANDO RODRIGO, roles de avalúo 540 – 499, 540 – 563, 540 – 64, 540 – 309 y 556 – 285, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficies 128, 146, 198, 230 y 282 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 24 de agosto de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.418.250 para el lote N°11, $3.302.000 para el lote N°12, $2.968.750 para el lote N°13, $4.002.500 para el lote N°14, y $5.726.500 para el lote N°15. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto MOP. (Exento) Nº1022, de 30 de octubre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1-B y 1-C, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-736), que figura a nombre de SUC.ANCAO ALVAREZ SAMUEL y RIVERA CONCHA PATRICIA DE LAS ME, roles de avalúo 534-78 y 534-29, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficies 38 y 211 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 08 de abril de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.882.630 para el lote N°1-B, y $4.190.850 para el lote N°1-C. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto MOP. (Exento) Nº1023, de 30 de octubre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 20, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-705), que figura a nombre de AGRICOLA TRAIGUEN SPA, rol de avalúo 540 – 230, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficie 394 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 24 de agosto de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.633.000 para el lote N°20. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto MOP. (Exento) Nº1008, de 30 de octubre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.3, 4, 5 y 6, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-736), que figura a nombre de AGRICOLA Y FORESTAL ESMERALDA SUR L, rol de avalúo 533 – 29, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficies 84, 198, 13 y 15 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 05 de diciembre de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $992.600 para el lote N°3, $1.513.200 para el lote N°4, $375.700 para el lote N°5, y $333.000 para el lote N°6. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto MOP. (Exento) Nº999, de 30 de octubre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1-A, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-736), que figura a nombre de ORTEGA VALDEBENITO ELIAS RODRIGO, rol de avalúo 534-70, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficie 72 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 08 de abril de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.459.720 para el lote N°1-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto MOP. (Exento) Nº955, de 30 de octubre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 16-A, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-705), que figura a nombre de MARQUEZ MONTECINOS ERICA JUANA, rol de avalúo 540-649, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficie 89 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 08 de abril de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $10.005.300 para el lote N°16-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto MOP. (Exento) Nº951, de 30 de octubre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.6, 8 y 9, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-705), que figura a nombre de COOP MUJERES FRUT DE LOS ESTEROS, COMITE DE AGUA RURAL LOS ESTEROS y ZALAMANCA MARTINEZ HERIBERTO, roles de avalúo 556 – 32, 556 – 260 y 540 – 937, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficies 57, 7 y 129 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 24 de agosto de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.720.000 para el lote N°6, $613.500 para el lote N°8, y $4.120.000 para el lote N°9. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº1084, de 07 de noviembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.18 y 19, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-705), que figura a nombre de CARRASCO SALCEDO TRANSITO DEL CARME y OVALLE ARISMENDI JUAN ARTURO, roles de avalúo 540 – 307 y 540 – 311, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficies 221 y 207 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 24 de agosto de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.900.500 para el lote N°18, y $2.991.000 para el lote N°19. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº1047, de 06 de noviembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 17-A, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-705), que figura a nombre de MARQUEZ MONTECINOS ERICA JUANA, rol de avalúo 1556-670, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficie 145 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 08 de abril de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $12.411.000 para el lote N°17-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº1059, de 06 de noviembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-759 TRAMO 2), que figura a nombre de LAKEBLUE SPA, rol de avalúo 75 – 325, Comuna de FUTRONO, REGION DE LOS RÍOS, superficie 587 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 19 de agosto de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $8.228.100 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto (Exento) MOP. Nº1057, de 06 de noviembre de 2025, se dejó sin efecto los numerales 3º, 4º, 5º y 6º, del Decreto (Exento) MOP. Nº939, de 24 de octubre de 2024, en la parte que se refiere al Convenio Ad-Referéndum de Indemnización Definitiva de Expropiación, a la suscripción de la escritura de expropiación y en lo que respecta a la indemnización del lote de terreno Nº55, expropiado con motivo de la obra: Reposición Pav. T-85 S: Río Bueno – Cayurruca, Provincia del Ranco, Región de los Ríos. Consígnese judicialmente el monto provisional de la indemnización fijada mediante tasación de 04 de enero de 2019, ascendente a la cantidad de $3.317.500, para el lote N°55. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.


