La Contraloría Regional de Los Ríos declaró admisible la denuncia presentada por la funcionaria municipal X.M.S, del Departamento de Salud de la Municipalidad de La Unión, acogiendo medidas de protección e invalidando un acto administrativo del municipio, según lo establece la Resolución Exenta E21014/2025
Rex N° 21014-2025
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De acuerdo con el documento, la denuncia fue ingresada el 27 de mayo de 2025 a través del canal oficial de la Contraloría, por eventuales irregularidades que involucrarían a funcionarios del Departamento de Salud y que afectarían bienes o recursos públicos, conforme al artículo 3° de la Ley 21.592.
Tras analizar los antecedentes, el órgano contralor determinó que la presentación cumple con los requisitos de admisibilidad, activando un procedimiento de fiscalización mediante el oficio N° E147553/2025.
Asimismo, la Contraloría evaluó que existe un riesgo plausible de represalias contra la denunciante, conforme al artículo 10 de la Ley 21.592, motivo por el cual se concedieron medidas preventivas de protección, pudiendo estas ser modificadas o cesadas según la subsistencia del riesgo.
El dictamen también señala que, tras ingresar su denuncia, la funcionaria fue objeto de una nueva destinación mediante el decreto exento N° 6.354 del 8 de agosto de 2025, que le asignó labores de inventario en reemplazo de su función anterior de encargada de control.
Contraloría concluyó que no existían razones suficientes para este cambio, presumiendo que la decisión municipal se vinculaba con la denuncia presentada.
En virtud de ello, se resolvió invalidar dicho decreto y ordenar al municipio restituir a la funcionaria a sus labores originales, al estimar que el acto afectó su estabilidad laboral, en los términos del artículo 12 de la Ley 21.592.
La resolución también establece la continuación del proceso de fiscalización y dispone la notificación tanto a la Municipalidad de La Unión como a la denunciante. Conforme a la Ley 19.880, el municipio puede presentar un recurso de reposición ante la Contraloría dentro de cinco días hábiles administrativos desde su notificación.




