Máximo tribunal acogió demanda presentada por Aproval y determinó que la empresa utilizó elementos propios de la industria láctea en el etiquetado y publicidad de sus productos
La Corte Suprema puso fin a la disputa judicial entre la empresa NotCo y la Asociación Gremial de Productores de Leche de la Región de Los Ríos (Aproval), acogiendo la demanda por competencia desleal presentada contra The Not Company SpA.
El fallo, emitido este 11 de mayo por la Cuarta Sala del máximo tribunal del país, determinó que la empresa incurrió en actos de competencia desleal al utilizar la palabra “milk” —que significa “leche” en inglés— y otros elementos visuales asociados a la industria láctea en la comercialización de sus productos.
La sentencia ordena “el cese y la prohibición del uso” de la palabra “leche” tanto en los envases del producto comercializado como “NOT MILK”, así como en cualquier material publicitario relacionado. Además, prohíbe el uso de rotulados, distintivos, dibujos o imágenes vinculadas a la industria lechera.
Asimismo, el tribunal dispuso que, una vez ejecutoriado el fallo, los antecedentes sean remitidos a la Fiscalía Nacional Económica para los fines correspondientes.
En el razonamiento del fallo, la Corte Suprema sostuvo que quedó acreditado que The Not Company “ha difundido hechos o aseveraciones incorrectas e inexactas” al utilizar el término “milk” como elemento destacado en sus envases, acompañado además de imágenes asociadas al rubro lácteo, como la figura de una vaca.
La resolución marca un precedente relevante para la industria alimentaria y el uso de denominaciones vinculadas a productos de origen animal en alimentos de origen vegetal, tema que ha generado debate tanto en Chile como en otros países.
Desde Aproval valoraron el fallo como una señal importante para resguardar la correcta información hacia los consumidores y la transparencia en el mercado alimentario.




