E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº392, de 10 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.155 y 157, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA T-60 S:CRUCE RUTA 206-TRES VENTANAS, que figura a nombre de FORESTAL ARAUCO S.A. y ROJAS MORALES MYRIAM MONSERRAT, roles de avalúo 533 – 123 y 537 – 17, Comuna de LA UNIÓN, REGION DE LOS RÍOS, superficies 1.044 y 240 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 03 de julio de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.467.600 para el lote N°155, y $1.008.000 para el lote N°157. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº376, de 03 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.128, 129 y 132, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA T-60 S:CRUCE RUTA 206-TRES VENTANAS, que figura a nombre de FORESTAL ARAUCO S.A., FORESTAL ANCHILE LTDA y FORESTAL ARAUCO S.A., roles de avalúo 537 – 18, 537 – 47 y 537 – 12, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficies 124, 63 y 658 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 27 de junio de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $210.800 para el lote N°128, $375.510 para el lote N°129, y $2.754.750 para el lote N°132. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº379, de 03 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.145, 146, 147, 148 y 149, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA T-60 S:CRUCE RUTA 206-TRES VENTANAS, que figura a nombre de ALMARZA SCHAEFFER BERNARDA A, MASISA FORESTAL DEL SUR SPA, HANCOCK CHILEAN PLANTATIONS SPA, SUC ANDRADE RUIZ JUAN y FORESTAL ANCHILE LTDA, roles de avalúo 533 – 251, 537 – 15, 533 – 299, 533 – 8 y 537 – 3, Comuna de LA UNIÓN, REGION DE LOS RÍOS, superficies 654, 2.947, 2.396, 622 y 1.017 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 03 de julio de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.094.100 para el lote N°145, $16.882.750 para el lote N°146, $15.994.700 para el lote N°147, $5.168.700 para el lote N°148, y $3.694.050 para el lote N°149. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº382, de 03 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.113, 114, 115, 116 y 117, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA T-60 S:CRUCE RUTA 206-TRES VENTANAS, que figura a nombre de FRIED REINITZ ROSITA LILIANA, FRIED REINITZ ROSITA LILIANA, CASTRO LAGOS JAVIER, FORESTAL ARAUCO S.A. y FRIED REINITZ ROSITA LILIANA, roles de avalúo 551 – 47, 551 – 47, 533 – 522, 533 – 221 y 551 – 47, Comunas de PAILLACO, los lotes N°s. 113, 114 y 117 y LA UNIÓN, los lotes N°s. 115 y 116, REGION DE LOS RÍOS, superficies 41, 137, 161, 3.360 y 287 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 26 de junio de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $79.950 para el lote N°113, $732.150 para el lote N°114, $289.800 para el lote N°115, $12.147.800 para el lote N°116, y $4.687.300 para el lote N°117. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto MOP. (Exento) Nº383, de 04 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.141, 142, 143 y 144, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA T-60 S:CRUCE RUTA 206-TRES VENTANAS, que figura a nombre de LAVIN VALDIVIA S A, ALMARZA SCHAEFFER BERNARDA A, LAVIN VALDIVIA S A y ALMARZA SCHAEFFER BERNARDA A, roles de avalúo 537 – 9, 533 – 251, 537 – 9 y 533 – 251, Comuna de LA UNIÓN, REGION DE LOS RÍOS, superficies 232, 2.047, 747 y 230 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 03 de julio de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.298.000 para el lote N°141, $22.799.550 para el lote N°142, $3.796.450 para el lote N°143, y $1.261.500 para el lote N°144. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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Por Decreto MOP. (Exento) Nº377, de 03 de junio de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.123, 124, 125, 126 y 127, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA T-60 S:CRUCE RUTA 206-TRES VENTANAS, que figura a nombre de FORESTAL ARAUCO S.A., roles de avalúo 533 – 112, 537 – 18, 533 – 112, 537 – 18 y 533 – 112, Comuna de LA UNIÓN, REGION DE LOS RÍOS, superficies 87, 238, 605, 330 y 221 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 27 de junio de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $178.350 para el lote N°123, $583.100 para el lote N°124, $3.678.250 para el lote N°125, $1.084.500 para el lote N°126, y $397.800 para el lote N°127. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.


