A fin de recoger la opinión de la comunidad y debatir sobre las implicancias de la nueva reglamentación de Etiquetado Nutricional, se realizó durante la mañana de hoy, un Dialogo Ciudadano, así lo dio a conocer el seremi de Salud, Dr. Guillermo Ramírez.
La actividad desarrollada en dependencias de la Carpa de la Ciencia –CECs- permitió a los asistentes conocer las características de la información que se pretende incorporar en los alimentos y que tiene por finalidad, informar sobre las características de los productos alimenticios, específicamente si exceden azúcar, sodio y grasas saturadas.
El seremi hizo un llamado a la comunidad a informarse y participar de este proceso de consulta ciudadana, que puede desarrollarse no solo a través de estos diálogos, sino que participando de la consulta abierta a través del sitio web del ministerio: http://web.minsal.cl/consultas_publicas_vigentes.
ANTECEDENTES
La autoridad recordó que una de cada 11 muertes en Chile es atribuible al sobrepeso y obesidad. Agregó que los diálogos permitirán conocer la opinión de la comunidad frente a la propuesta de modificación del reglamento de Ley 20606, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, a fin de generar los cambios necesarios para entregar información más clara.
El personero de Salud enfatizó que se tiene la convicción que si las personas tienen la información necesaria podrán optar responsablemente por alimentos más sanos. Explicó que el nuevo rotulado es de color negro y utiliza lenguaje más concreto como “exceso en” contraste a lo propuesto actualmente como “alto en”, la idea es desincentivar el consumo de alimentos que contribuyen a la obesidad.
A ello se suma, la forma de medir los componentes críticos del alimento, para lo cual se pasa de porciones a 100 gramos, lo que permite a la comunidad comprar con más facilidad.
Además, se prohíbe la publicidad en medios de comunicación o canales dirigidos a menores de 14 años, de los alimentos que contengan energía, socio, azucares o grasas saturadas superior a lo establecido en el artículo 120 del reglamento. Así como tampoco podrán utilizar elementos de atracción para los niños o niñas de ese segmento etáreo.