EXTRACTO MOP: expropiación lote de terreno región de Los Ríos

E X T R A C T O  

Por Decreto MOP. (Exento) Nº717, de 03 de septiembre de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 33, para la obra: AMPLIACION CAMINO PADRE HURTADO RUTA G-45, que figura a nombre de PACIFIC NUT COMPANY CHILE S A, rol de avalúo 5510-36, Comuna de SAN BERNARDO, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO, superficie 1.244 m2. La Comisión de Peritos integrada por CAROLINA ALEJANDRA BRITO RAMOS, MAURICIO EDUARDO MENDEZ BUSTOS y LUIS ALBERTO BERNALES GHACHAM, mediante informe de tasación de 07 de diciembre de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $226.336.000 para el lote N°33. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

E X T R A C T O  

Por Decreto MOP. (Exento) Nº799, de 25 de septiembre de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 55, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA T-34; T-334 Y T-324, que figura a nombre de MELGAREJO INZUNZA ANA MARIA, rol de avalúo 107-128, Comuna de MAFIL,  REGION DE LOS RÍOS, superficie 123 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YÁÑEZ RIFFO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 13 de enero de 2025, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $6.817.220 para el lote N°55. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

 

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Por Decreto MOP. (Exento) Nº892, de 14 de octubre de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.34, 36, 38, 39 y 40, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA T-34; T-334 Y T-324, que figura a nombre de PEROLDO MACHADO VICTOR MANUEL, PEROLDO MACHADO VICTOR MANUEL, FRITZ NAVARRETE SANDRA KATHERINE, GAZMURI ROA JAIME ANTONIO y MENA PINO VICTOR ARTURO, roles de avalúo 117-140, 117-140, 117-268, 117-213 y 117-212, Comuna de MAFIL, REGION DE LOS RÍOS, superficies 602, 562, 103, 146 y 118 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YÁÑEZ RIFFO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 01 de abril de 2025, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $12.325.300 para el lote N°34, $6.637.950 para el lote N°36, $2.451.000 para el lote N°38, $2.480.200 para el lote N°39, y $3.029.700 para el lote N°40. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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Por Decreto MOP. (Exento) Nº893, de 14 de octubre de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 42, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA T-34; T-334 Y T-324, que figura a nombre de ZUNIGA CID RAUL ANTONIO, rol de avalúo 117-210, Comuna de MAFIL, REGION DE LOS RÍOS, superficie 123 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 13 de enero de 2025, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.187.800 para el lote N°42. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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Por Decreto MOP. (Exento) Nº796, de 25 de septiembre de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.37, 39, 40, 41 y 42, para la obra: CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO RUTA T-415, ÑANCUL-RIÑIHUE, que figura a nombre de COMUNIDAD INDIGENA ANTIRAYEN, COMUNIDAD INDIGENA ANTIRAYEN, COMUNIDAD INDIGENA ANTIRAYEN, TRUY TRUY MANQUEL TRANSITA Y O y MARIA SARA MILLANGUIR TRUY TRUY, roles de avalúo 242-36, 242-36, 242-36, 242-10 y 242-58, Comuna de PANGUIPULLI, REGION DE LOS RÍOS, superficies 218, 258, 21, 1.291 y 596 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 23 de mayo de 2025, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.577.800 para el lote N°37, $2.931.400 para el lote N°39, $384.700 para el lote N°40, $9.886.150 para el lote N°41, y $6.776.400 para el lote N°42. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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Por Decreto MOP. (Exento) Nº764, de 15 de septiembre de 2026, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 8-A, para la obra: MEJORAMIENTO TORO BAYO-CURIÑANCO EN RUTA T-340, que figura a nombre de INMOBILIARIA TRES RIOS S A, rol de avalúo 2435 – 36, Comuna de VALDIVIA, REGION DE LOS RÍOS, superficie 2.429 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YÁÑEZ RIFFO y MARÍA SOLEDAD NÚÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de 18 de noviembre de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $199.782.200 para el lote N°8-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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