El incremento constante en el número de reclamos y solicitudes valida los cuestionamientos al sistema de atención al público en esta importante área del Estado. Déficit de respuesta a la ciudadanía viola dictamen de la Contraloría.
Los reclamos contra municipios registran 247 casos desde el 1 de enero a la fecha, lo que significa una expansión de 152% en comparación con igual lapso de 2009, cuando se registraron 98 reclamos. El agravante de esta situación radica en que en este período la CDC ha recibido apenas 6 respuestas de un total 247 personas que buscan contestación a su reclamo.
Del total de presentaciones del trimestre septiembre-noviembre, 118 permanecen pendientes de respuesta, 23 fueron abandonadas y sólo 7 oficios fueron contestados por municipalidades. De los 37 casos ingresados en igual trimestre de 2009, sólo 2 fueron respondidos por los municipios.
En materia de reclamos por probidad e irregularidades en los procesos de adquisición de bienes y servicios por parte del Estado, las municipalidades encabezan la lista del Estado, con 641; seguido por 365 para Gobierno central; 82 para FF.AA.; 70 para Salud y 48 para Obras Públicas. Esto, según el informe de la Dirección ChileCompra.
Entre septiembre y noviembre de 2009, el Estado registró 860 reclamos por pagos: 438 para el sector Municipal, 245 para las FF.AA., 118 para el Gobierno central y 6 para Obras Públicas. En consecuencia, la tendencia se mantiene relativamente invariable en el tercer trimestre de 2010 (882 reclamos). Para catalogar «reclamos sin respuesta», se excluye a septiembre para de ese modo seleccionar sólo aquellos reclamos fuera de plazo. Así, en materia de quejas por probidad, mientras el Estado anota -entre julio y agosto- 663 reclamos en total, 335 (53%) corresponden al sector municipal, que nuevamente encabeza el índice de instituciones con más reclamos.
Mandato de dar una respuesta
La Contraloría General de la República, en su dictamen 25827, del 13 de mayo de 2010, decidió que «la autoridad edilicia debe adoptar, en lo sucesivo, las medidas conducentes a fin de dar las respuestas que procedan a las solicitudes que se le presente dentro del plazo de 30 días, en conformidad a lo dispuesto en los artículo 98 de la ley N° 18.695, y 3°; 5° y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado» (que aplica criterio contenido en dictamen N° 46.713, de 2009, de la citada entidad fiscalizadora), siendo particularmente importante la referencia que se hace al art. 98 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, ya que obliga a estas corporaciones, tanto a establecer las denominadas «Oficinas de Partes y Reclamos», como a dictar la Ordenanza de Participación que debe contener el procedimiento relacionado con los reclamos y peticiones que se efectúen ante las municipalidades. En consecuencia, pese a no formar parte de los «organismos de la administración central del Estado», los municipios están obligados a responder a la ciudadanía en los plazos señalados.
Defensorías comunales
La comuna de San Antonio, Región de Valparaíso, acaba de inaugurar una Defensoría Ciudadana, destinada a garantizan los derechos de las personas ante la administración municipal. Entre las principales funciones que tiene esta Defensoría están: responder a las consultas formuladas por la ciudadanía en un plazo máximo de 30 días hábiles; solicitar información a instituciones y preparar informes relativo a materias que involucren derechos humanos y ciudadanos, y asesorar de modo extrajudicial, entre otras.
Otros municipios que ya cuentan con Defensoría Comunal son La Florida, Lo Espejo y Maipú. Las iniciativas buscan el acercamiento con los vecinos y la resolución de problemas entre ciudadanía y municipio o entre ciudadanía y servicios públicos, además de responder consultas sobre procesos legales y difundir derechos ciudadanos en la población.
La Comisión Defensora Ciudadana trabaja hoy en la elaboración de una institucionalidad ad hoc a las Defensorías Comunales, con la finalidad de darles estabilidad en el tiempo, más allá de los vaivenes políticos. Igualmente, prepara un cronograma y programa de trabajo destinado a promover Defensorías Comunales en otros municipios y asegurar que su existencia y ámbito de acción sea consistente con la legalidad vigente.
Aquellas personas que no hayan recibido respuesta de los servicios públicos, o hayan recibido una respuesta insatisfactoria, pueden contactar a la CDC a través de Facebook (www.facebook.com/defensorchile), Twitter (@defensorchile) y de la página web www.comisiondefensoraciudadana.cl.
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Helmuth Huerta