Hasta nuestras oficinas ubicadas en calle Serrano de La Unión, llegó Luis Eduardo Guillinao Carvallo, vecino de nuestra ciudad, quien se acercó hasta nosotros para poner en evidencia una serie de irregularidades que hasta el día de hoy lo tenían muy preocupado y que están relacionadas con una importante entidad bancaria y una serie de cobros indebidos que se han prolongado en el tiempo.
Hechos:
“Con fecha 01 de octubre del 1992, suscribí un contrato mutuo hipotecario (número de operación 125440032) (documento Nº1), con el banco Estado de Chile, para la compra de una vivienda ubicada en la comuna de La Unión, por la suma de $3.854.812, pagadero en doscientos veintinueve meses.
De acuerdo a la establecido en la cláusula décimo tercera del contrato, el banco contrató, por mi cuenta dos seguros, a saber: Seguro contra incendio y sismo, Nº de seguro 1992100104742, póliza Nº 101-09-00091901 y un seguro de desgravamen, Nº de seguro 1992100104741, póliza Nº 490000100, con fecha de contrato del 01 octubre de 1992, los cuales se han pagado regularmente junto con el dividendo mensual correspondiente.
Sin embargo en el mes de octubre del 2010, al concluir de pagar mi dividendo, me percaté de que éste había aumentado en unos cuatro mil pesos, lo cual para mí, es un desembolso que no deja de ser importante, por ser un trabajador y ser el único sostén de mi familia.
Después de darme cuenta de esto, me acerqué hasta el mesón de atención del banco y se me señaló que “cuando se me cobraba menos, era un premio por pagar antes del día 10 de cada mes”. Luego el día 02 de noviembre de 2010, concurrí nuevamente al banco a consultar y ahí me señalaron que esto se debía a la contratación de tres seguros adicionales a los seguros que contraté el año 1992, que fueron de Incendio y desgravamen. El ejecutivo me hizo entrega del detalle de la consulta y que dan cuenta de los supuestos seguros:
a) Seguro Incendio Sismo: fecha de contratación 03/09/2007
b) Seguro Cesantía: fecha de contratación 03/09/2007
c) Seguro Cesantía, convenio MINVU: fecha de contratación 01/07/2009
Ante esta injusticia y teniendo la certeza de no haber nunca contratado estos servicios, fui y puse un reclamo en el SERNAC, hecho realizado el día 08/11/2010 y en el cual solicitaba que se me restituyera lo pagado desde septiembre del 2007, por concepto de los seguros.
El 29 de diciembre de 2010, recibí una lamentable respuesta del Sernac, donde se me informa que el proceso de mediación iniciado, no tuvo ningún resultado positivo desde el Banco Estado.
Debido a esto y con la intención de hacer valer mis derechos como ciudadano y cliente del banco Estado, me propuse instalar una denuncia judicial por infracción a la ley 19.496 sobre protección al consumidor, con el objeto de tener la restitución de dichas sumas de dinero que yo nunca contraté.
Agravando aún más esta situación y pasando ya algún tiempo, el banco no me ha entregado ningún documento solicitado, que fue el certificado de Deuda y copias de las tres pólizas de seguro supuestamente contratadas por mí. Ante esta situación, hice llegar una carta con fecha 10 de enero de 2011, dirigida al gerente del banco Estado de La Unión y una vez más, no tuve respuesta, señalándome que la carpeta con mis antecedentes se encontraba en Santiago.
Por último intenté con fecha 17 de enero de 2011, otra solicitud dirigida nuevamente al gerente de la sucursal y solicitando los mismos documentos, pero esta vez amparado en la ley 20.285 sobre acceso a la información pública. Una vez más el señor Agente, no tuvo la deferencia ni el respeto hacia mi persona, de darme una respuesta, ni menos entregarme los documentos solicitados.
Habiendo transcurrido los plazos legales para obtener una respuesta del parte del banco, presenté una solicitud de amparo al derecho a la información, ante el Consejo Para la Transparencia con sede en Santiago, con fecha 22 de febrero 2011.
El Consejo Para la Transparencia se pronunció con fecha 04/03/2011, declarando inadmisible dicho recurso, en atención a que las empresas del Estado sólo deben cumplir con las normas de transparencia activas y no con las solicitudes de transparencia pasiva, que regula la ley 20.285.
Lo último que realicé para poder obtener estos documentos solicitados, fue enviar una carta a la Superintendencia de Bancos e instituciones financieras con fecha del 15 de marzo, sin respuesta alguna.
Por todo esto que señalo y bajo las normas legales en que me ampara la ley, junto a mi abogado Jorge Martínez interpusimos una demanda civil de indemnización de perjuicio en contra del Banco Estado.
La intención de esto es poder llegar a quizás muchas personas que no se han dado cuenta del grave atropello a nuestros derechos realizado por el Banco Estado y poder unir a más gente y así realizar una demanda colectiva”.
Solución
Luego de este punto, la entidad bancaria, finalmente aceptó durante la semana pasada, “sentarse” a dialogar con el demandante Luis Guillinao, en una instancia de conciliación judicial y así esperar lograr un advenimiento que pusiera término a este largo ir y venir en distintas instancias que se prolongaron en el tiempo.
Si bien don Luis se hizo acompañar en la oportunidad por un abogado que lo fuera asesorando durante esta última etapa del proceso, Banco Estado se hizo representar por un profesional de las mismas características, quien al ser consultado, no quiso emitir declaración ni antes ni después de esta impugnación; no queriendo además, revelar detalles de lo conversado, ni su identidad.
Luego de una reunión que duró aproximadamente una hora, por fin ambas partes dieron término a esta causa, llegando a un acuerdo que dejó “tranquilas” a ambas partes. Al salir de la reunión, esto fue lo que nos comentó el afectado, Luis Guillinao.
¿Finalmente quedó satisfecho con el arreglo en el que quedaron?
Es cierto que por fin pudimos llegar a un acuerdo, aunque no estoy contento del todo, pues no era el 100 % de lo que yo esperaba. Me dejarán de cobrar los seguros por los que estaba reclamando y además se me indemnizó por todos los pagos que he hecho de dos seguros que nunca contraté.
¿Banco Estado admitió su error?
Si bien la ley me dio la razón, los argumentos que expuso la institución acerca de los “supuestos” contratos que yo había firmado, fueron muy poco creíbles.
¿Cuáles fueron esos argumentos?
Al momento de ser requeridos esos contratos por la instancia judicial, el representante de Banco Estado arguyó que no estaban en poder de la institución, ya que se habían “extraviado” y que por ello no habían podido presentarlos el día de hoy.
¿Cuál es la recomendación que le haría a las personas que están pasando por un problema similar?
Solamente puedo decirles que siempre revisen los documentos que tengan que firmar, para que no les pase algo parecido como lo que me sucedió a mí.
¿Con esto finaliza todo?
Si, por lo menos ellos reconocieron el error y con eso quedo satisfecho. Quiero agradecer además al concejal Armando Quezada, que no dudó en asistirme. Me aconsejó y me presentó al abogado que me ayudó a conseguir el objetivo que estaba buscando