Advertencia en Etiquetado de Inhaladores de dosis medida que contienen Clorofluorocarbonos

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Importadores y comercializadores de inhaladores que contengan Clorofluorocarbonos deberán rotular con una advertencia sobre su contenido de CFCs en un plazo menor a 6 meses y se recomienda que sus productos farmacéuticos inhaladores de dosis medida y otros aerosoles cosméticos se reformulen hacia alternativas libres de estas sustancias antes del 1 de enero del 2011. Inhaladores libres de CFCs deberán indicar de igual en su etiquetado la inocuidad del producto sobre la capa de ozono.

El Ministerio de Salud ha establecido un plazo de 6 meses, a partir del día 5 de mayo del 2010 para que todos los envases primarios y secundarios de los productos farmacéuticos inhaladores de dosis medida que contengan CFCs, deban incluir en forma destacada la siguiente advertencia:

“Este producto deteriora la capa de ozono.”

Del mismo modo, aquellos productos que en su formulación no contengan CFCs, deberán señalar en los rótulos de los envases primarios y secundarios, en forma destaca, la siguiente advertencia:

“Este producto no deteriora la capa de ozono.“

Asimismo, a los titulares de registros sanitarios de productos farmacéuticos inhaladores de dosis medida y otros aerosoles cosméticos, cuya formulación contenga CFCs se recomienda modificar las fórmulas de éstos en un plazo no superior al 1 de enero de 2011.

Fuente: ACG|Amston

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