Injuv y Sernac llaman a los estudiantes a informarse

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Las diferentes casas de estudio tienen diez días para hacer efectiva la devolución de matriculas y/o documentos que garantizaban el pago del año. Todo una vez manifestada la intención del postulante y el comprobante de matricula en otro centro de educación superior.

Desde el 14 al 23 de enero, los estudiantes de primer año que deseen cambiar su casa de estudios, independientemente de cuando hayan “reservado” su cupo pagando la matricula y/o documentando el año, podrán recuperar los montos invertidos en un plazo máximo de diez días.

Al respecto la directora regional del Sernac, Lorena Bustamante manifestó: “ Esperamos que tanto universidades, como centros de formación técnica, respondan conforme a lo establecido, evitando conflictos innecesarios”. Agregó, que si un estudiante se siente vulnerado, no se respetan los tiempos de devolución o retienen más del 1% – item por gastos administrativos-, el servicio estará disponible para proteger el derecho a retracto.

A su vez, el director del Injuv, Felipe Mena, aseguró que las y los jóvenes deben decidir informados y ejercer sus derechos con plena libertad y respaldo. “En esta instancia los jóvenes deciden que harán el resto de sus vidas, por lo que resulta fundamental el apoyo y todas las facilidades para disminuir la tasa de deserción y crear profesionales integrales y felices”.

Mientras esté vigente el plazo de retracto, las universidades no pueden negociar los documentos que han recibido: no pueden endosarlos, ni darlos en garantía, etc. Tampoco pueden entregarlos en comisión de cobranza. Deben retenerlos ante la eventualidad de que el alumno matriculado ejerza su derecho de retracto y le deban ser restituidos.

ley 19.496, sobre el derecho a retracto

www.sernac.cl – fono 6005946000 – Arauco 371 of. 205 –208, Valdivia

www.injuv.cl – (63) 258139 – Carlos Anwandter # 441, Valdivia

¿Cómo se ejerce el retracto?

* El primer paso es presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que efectuó la primera matrícula y donde quiere ejercer el retracto.

* Acompañar el comprobante de la segunda matrícula idealmente a una carta en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha.

* Pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede prueba de la fecha en la que se hizo efectivo, por si hay problemas posteriores.

* Si luego de transcurridos 10 días de este trámite no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, insistir.

* Si la respuesta es negativa, presentar reclamo en www.sernac.cl

Es importante recordar que este es un derecho excepcional que entrega la Ley del Consumidor y en general, los contratos deben ser respetados tanto por los consumidores como por las empresas o instituciones.

Esto quiere decir que después de estos 10 días (a partir del 14 hasta el 23 de enero), si el contrato no lo permite, no es posible terminarlo anticipadamente. Por eso es tan importante leer los documentos y fijarse en aquellas cláusulas que indiquen la forma de terminarlos en caso de enfermedad o cesantía, por ejemplo.

Denuncia y no aceptes:

* Problemas para ejercer tu derecho a retracto

* Que no te devuelvan el dinero pagado o los documentos entregados en los 10 días que corresponde

* Que te retengan más del 1% del arancel por gastos de administración.

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