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De 10 a 15 años de prisión pide parte querellante para homicida del fundo Centinela

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En audiencia reciente fue denegado el cambio de las medidas cautelares dictadas contra el único imputado por un homicidio perpetrado en el fundo Centinela de la comuna de La Unión en junio de 2011.

La solicitud había sido presentada por la defensa de Juan Alejandro Álvarez Vera, de 34 años, autor confeso del homicidio simple de Mauricio Arturo Molina Pérez, de 35, hecho ocurrido en el mencionado fundo el 2 de junio pasado. Como informáramos en la oportunidad, Álvarez Vera, quien trabajaba en dicho fundo, invitó a Molina a beber en el lugar. Pasadas algunas horas, repentinamente Álvarez tomó un rifle calibre 22, percutando dos veces el arma sin resultados. Sin embargo realizó un tercer intento, esta vez disparando un tiro a quemarropa sobre la víctima, que falleció debido a una herida craneoencefálica, según lo establecido en el informe de autopsia.

Posteriormente el imputado huyó del inmueble, dejando a la víctima fallecida en el lugar. Además, desvió a carabineros del sitio del suceso cuando estos concurrieron tras el llamado telefónico denunciando el hecho de sangre que realizó la propia pareja del victimario. A juicio de la fiscalía, estos hechos ameritaron la calificación  del delito como  Homicidio Simple en grado de Consumado, por lo que el tribunal determinó en esa oportunidad la prisión preventiva de Álvarez Vera, debido además a que éste tenía una condena pendiente desde 2007, que alcanzaba a 3 años y un día con beneficio de libertada vigilada, por un robo con fuerza en lugar no habitado.

La audiencia para revisar las medidas  cautelares se realizó hace algunos días en el Juzgado de Garantía de La Unión. En la oportunidad, la defensa presentó diferentes cartas referenciales de vecinos y del pastor que bautizó a Álvarez, para acreditar que su defendido tiene arraigo familiar en la ciudad y es catalogado como un hombre trabajador y buen vecino; además de argumentar que tras la decisión del Ministerio Público de no innovar en la acusación por porte ilegal de armas, su defendido estaría siendo juzgado por solo un delito.

Con estos argumentos la defensa solicitó se cambie la medida cautelar de su defendido por arresto domiciliario parcial, firma semanal en fiscalía y arraigo nacional, lo que finalmente fue denegado por parte del tribunal unionino, ratificando de esta forma la prisión preventiva para Juan Álvarez Vera.

El abogado querellante del Centro de Apoyo a Víctimas, Marcelo Oettinger, quien presta asesoría a la familia de la victima indicó a nuestro medio que están solicitando la pena máxima estipulada para este tipo de delitos, la que va desde los 10 años y un día a los 15 años de prisión, por considerar que existen agravantes como el hecho de cometerse el homicidio en lugar despoblado y la utilización de un arma de fuego.

Consultado luego respecto al argumento de la defensa respecto a que se trató de un hecho accidental y a la afirmación de la familia de Álvarez Vera en orden a que víctima y victimario eran “amigos”, Oettinger señaló que lo concreto es que el imputado disparó tres veces contra Molina (de acuerdo a su propia declaración), lo que ya no constituiría una situación accidental y en definitiva estaríamos en presencia de un homicidio simple para el que no existirían atenuantes.

Viviana Villanueva C.

Foto: http://atractivafm.blogspot.com/

 

 

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