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Extracto MOP: expropiación lotes de terreno provincia del Ranco

E X T R A C T O

Por Decreto MOP. (Exento) Nº853, de 26 de octubre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 2, para la obra: CONSTRUCCION DE CICLOVIAS EN RED VIAL REGION DE LOS RIOS (T-685), que figura a nombre de SOLIS PARDO JOSE ALTEMIRO, rol de avalúo 547- 6, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficie 61 m2. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 26 de agosto de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.379.800 para el lote N°2. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP. (Exento) Nº857, de 26 de octubre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.33 y 34, para la obra: MEJORAMIENTO CBI RUTA T800, SECTOR CRUCE RUTA 210 (LA UNION) – HUEICOLLA – VENECIA, que figura a nombre de AGRICOLA PICHIPEHUEN LIMITADA, rol de avalúo 530-74, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficies 4.340 y 367 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 20 de julio de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $7.378.000 para el lote N°33, y $587.200 para el lote N°34. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP. (Exento) Nº852, de 26 de octubre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 2, 3, 4 y 5, para la obra: MEJORAMIENTO CBI RUTA T800, SECTOR CRUCE RUTA 210 (LA UNION) – HUEICOLLA – VENECIA, que figura a nombre de FORESTAL ARAUCO S.A, rol de avalúo 526-19, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficies 3.950, 2.674, 1.839, 6.588 y 5.149 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 15 de julio de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $11.805.500 para el lote N°1, $13.185.000 para el lote N°2, $5.081.800 para el lote N°3, $15.214.300 para el lote N°4, y $35.995.700 para el lote N°5. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP. (Exento) Nº858, de 26 de octubre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.16, 17, 18, 19 y 20, para la obra: MEJORAMIENTO CBI RUTA T800, SECTOR CRUCE RUTA 210 (LA UNION) – HUEICOLLA – VENECIA, que figura a nombre de FORESTAL ARAUCO S.A., rol de avalúo 526-19, Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficies 3.029, 3.564, 3.864, 2.428 y 552 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 18 de julio de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $13.631.200 para el lote N°16, $11.602.800 para el lote N°17, $18.624.000 para el lote N°18, $8.953.200 para el lote N°19, y $2.863.200 para el lote N°20. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP. (Exento) Nº879, de 26 de octubre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.86, 87, 89 y 90, para la obra: CONSTRUCCION RUPUMEICA ALTO-RUPUMEICA BAJO, que figura a nombre de JARAMILLO MILANCA MARCIAL RUBE, QUINILLAO TREUQUIL VICTOR HERNAN Y, QUINILLAO TREUQUIL VICTOR HERNAN Y y QUINILLAO TREUQUIL VICTOR HERNAN Y, roles de avalúo 67-264, 67-261, 67-261 y 67-261, Comuna de LAGO RANCO, REGION DE LOS RÍOS, superficies 1.080, 882, 6.738 y 232 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 31 de enero de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.679.500 para el lote N°86, $2.601.900 para el lote N°87, $19.363.200 para el lote N°89, y $1.444.800 para el lote N°90. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP. (Exento) Nº878, de 26 de octubre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.101, 102, 103, 104 y 105, para la obra: CONSTRUCCION RUPUMEICA ALTO-RUPUMEICA BAJO, que figura a nombre de JARAMILLO JARAMILLO JUAN ANTON, JARAMILLO CARMELO SEGUNDO, VASQUEZ QUINILLAO LUIS HERNAN, JARAMILLO CARMELO SEGUNDO y JARAMILLO JARAMILLO JUAN ANTON, roles de avalúo 67-231, 67-233, 67-236, 67-233 y 67-232, Comuna de LAGO RANCO, REGION DE LOS RÍOS, superficies 9.291, 2.809, 4.649, 5.543 y 3.098 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 02 de febrero de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $26.537.600 para el lote N°101, $8.005.650 para el lote N°102, $13.249.650 para el lote N°103, $15.732.300 para el lote N°104, y $10.731.600 para el lote N°105. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP. (Exento) Nº877, de 26 de octubre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.106, 107, 108, 109 y 110, para la obra: CONSTRUCCION RUPUMEICA ALTO-RUPUMEICA BAJO, que figura a nombre de JARAMILLO CARMELO SEGUNDO, QUIVILLAO ELVIRA, OPORTO QUINILLAO LIDIA, TURRA NUNEZ ERCIRA y QUINILLAO SANTIBANEZ SABINA, roles de avalúo 67-233, 67-242, 67-235, 67-202 y 67-201, Comuna de LAGO RANCO, REGION DE LOS RÍOS, superficies 268, 1.445, 60, 299 y 2.988 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 02 de febrero de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.498.800 para el lote N°106, $6.781.500 para el lote N°107, $1.716.000 para el lote N°108, $2.770.600 para el lote N°109, y $8.563.350 para el lote N°110. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP. (Exento) Nº883, de 26 de octubre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.96, 98, 99 y 100, para la obra: CONSTRUCCION RUPUMEICA ALTO-RUPUMEICA BAJO, que figura a nombre de QUIVILLAO CARRILLO JOSE VICENC, QUINILLAO NEGUIMAN JOSE ALAMIR, JARAMILLO JARAMILLO JUAN ANTON y VASQUEZ QUINILLAO LUIS HERNAN, roles de avalúo 67-257, 67-229, 67-231 y 67-236, Comuna de LAGO RANCO, REGION DE LOS RÍOS, superficies 58.537, 3.726, 681 y 294 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 31 de enero de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $141.884.300 para el lote N°96, $10.645.600 para el lote N°98, $2.315.400 para el lote N°99, y $768.600 para el lote N°100. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

E X T R A C T O

Por Decreto MOP. (Exento) Nº861, de 26 de octubre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.11, 12, 13, 14 y 15, para la obra: MEJORAMIENTO CBI RUTA T800, SECTOR CRUCE RUTA 210 (LA UNION) – HUEICOLLA – VENECIA, que figura a nombre de FORESTAL ARAUCO S.A., rol de avalúo 526-19 (lotes N°11, 13 y 14) FORESTAL ARAUCO S.A., rol de avalúo 526-70, (lote N°12 y 15), Comuna de LA UNION, REGION DE LOS RÍOS, superficies 2.328, 5.169, 656, 1.048 y 681 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, mediante informe de tasación de 18 de julio de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $8.462.450 para el lote N°11, $22.168.000 para el lote N°12, $3.765.600 para el lote N°13, $4.302.800 para el lote N°14, y $3.633.100 para el lote N°15. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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