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Seremi y Servicio de Salud realizaron jornada del Reglamento de Atención con Pertinencia Intercultural 

En el Club La Unión de Valdivia, se realizó una jornada participativa de coordinación y difusión técnica del Reglamento establecido en el Artículo N°7 de la Ley 20.584 sobre el Derecho de las personas pertenecientes a Pueblos Indígenas a recibir una atención de salud con pertinencia intercultural.

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La jornada fue organizada por la Seremi y el Servicio de Salud Los Ríos y contó con una importante participaron referentes técnicos, asesores y facilitadores interculturales, referentes de Salud Rural, del Hospital Amigo y Asistencia Espiritual de la red asistencial, informó la encargada del programa de Salud y Pueblos Indígenas de la Seremi de Salud Los Ríos, Lady Condeza Morales.

El Reglamento, que fue promulgado en diciembre del 2023, se encuentra en plena etapa de implementación, señaló la profesional y entre otras medidas establece realizar procesos participativos y un trabajo conjunto con referentes técnicos y representantes de comunidades. Además detalló que “La jornada transcurrió durante todo el día y contó con una alta concurrencia de actores y referentes que son parte involucrada en este proceso a quienes estuvo dirigida, consiguiendo actualizarse en el Artículo N°7 de la Ley 20.584, de  modo de avanzar en su implementación en los establecimientos de la red asistencial. Sin duda, la jornada fortaleció a los participantes en la nueva normativa y su aplicación para una atención de salud con pertinencia cultural”.

Modelo de Salud Intercultural

 En el contexto de la jornada coordinación y difusión técnica, se abordaron el Reglamento del Artículo N°7 de la Ley 20.584 y temáticas como la cosmovisión y salud mapuche, la asistencia espiritual en los establecimientos de salud y los lineamientos ministeriales a la fecha.

En la línea de una jornada participativa, se contempló dinámicas de trabajo grupal y un plenario donde fueron rescatados los principales aportes de las y los participantes.

De acuerdo a los lineamientos ministeriales, los pasos que se deben desarrollar con comunidades y organizaciones de personas pertenecientes a pueblos indígenas y que se enmarcan el Modelo de Salud Intercultural, son los siguientes pasos:

  • Participación Indígena
  • Adecuaciones técnicas y organizacionales
  • Facilitadoras y Facilitadores interculturales indígenas
  • Infraestructura y Adecuaciones espaciales
  • Asistencia Espiritual y Religiosa
  • Reconocimiento, Protección y Fortalecimiento de los Sistemas de Sanación de Pueblos Indígenas.
  • Acciones para Pueblos y Comunidades con Factores de Riesgo Específicos (para pueblos pertenecientes a territorios insulares)

Artículo N°7 de la Ley 20.584

El Artículo N°7 refiere que “En aquellos territorios con alta concentración de población indígena, los prestadores institucionales públicos deberán asegurar el derecho de las personas pertenecientes a los pueblos originarios a recibir una atención de salud con pertinencia cultural, lo cual se expresará en la aplicación de un modelo de salud intercultural validado ante las comunidades indígenas, el cual deberá contener, a lo menos, el reconocimiento, protección y fortalecimiento de los conocimientos y las prácticas de los sistemas de sanación de los pueblos originarios; la existencia de facilitadores interculturales y señalización en idioma español y del pueblo originario que corresponda al territorio, y el derecho a recibir asistencia religiosa propia de su cultura”(Biblioteca del Congreso Nacional de Chile).

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